domingo 12 mayo, 2024
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«COLUMNA INVITADA»: La perspectiva de género en radio y tv

 

La Constitución Federal en su artículo 41 establece el modelo de comunicación política, además de las reglas para la distribución de los tiempos en radio y televisión en los periodos de precampaña, intercampaña y campaña, así como los tiempos fuera de procesos electorales.

En ese artículo se fundamentan diversas prohibiciones que tienen los partidos políticos, las personas candidatas y la ciudadanía en general, relativas a la contratación, pues los tiempos son administrados por el INE en todo momento.

Otra de las condiciones que previene este artículo es que la propaganda política o electoral que se difunda no debe ser calumniosa, sin embargo no establece la obligatoriedad de la perspectiva de género en la difusión de los diversos spots para las diversas etapas del proceso electoral, lo anterior es verificable con el informe de género en T.V. del INE, de acuerdo a los datos que la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos obtuvo del concluido proceso electivo.

En la infografía se analiza la perspectiva de género de los spots en televisión de las candidaturas de partidos políticos, coaliciones e independientes. Los spots son clasificados por imagen y por el lenguaje que exponen.

Durante el proceso electoral hubo una diferencia muy marcada en el porcentaje de mensajes, aún y cuando la diferencia de candidaturas registradas entre mujeres y hombres fue de tan solo cuatro, ya que se postularon 1,748 mujeres frente a 1,752 hombres, en el caso de los 774 spots en televisión, un 55 por ciento fueron de los candidatos y tan solo 23 por ciento de candidatas.

Estos datos revelan además que en 47 spots el contenido fue con estereotipos, de los cuales 24 son femeninos y solo ocho masculinos.

Otro dato relevante es que los mensajes fueron emitidos por hombres en un 52 por ciento mientras que el 28 por ciento por mujeres.

En los porcentajes mencionados resulta clara la diferencia en la exposición de las candidaturas beneficiando a los hombres, esto es, el género masculino cuenta con el doble de posibilidades de hacer menciones a la candidatura que representan y ello favorece su exposición en los medios de comunicación, en particular en la televisión.

Los estereotipos femeninos también resultan una parte interesante de análisis postelectoral, ya que los mensajes que contaron con esta circunstancia se emitieron evidenciando a mujeres como amas de casa, objetos sexuales, el sexo débil, con carga emocional, teniendo a mujeres inferiores, dominadas o victimizándolas en razón de su género.

A partir de la evidencia verificada por el INE en los próximos procesos electorales no deben ser presentados para el pautado spots con información que incluya estos sesgos que acentúan la brecha de desigualdad entre los géneros.

La postulación de candidaturas ha alcanzado la paridad lo cual está reglamentado en la propia Constitución Federal, formalizando de alguna forma la acción afirmativa, al considerarla un principio constitucional de observación general. De igual forma se ha alcanzado prácticamente la paridad sustantiva, pues las cámaras que conforman el Congreso de la Unión cuentan con casi la mitad de hombres y mujeres cada una.

El avance es significativo, ha sido motivo de muchos años de lucha principalmente de mujeres y también de hombre aliados, de instituciones y de la voluntad inquebrantable de legisladoras en distintas integraciones que a pesar de que no era agenda de sus grupos parlamentarios lucharon para conseguir las reformas electorales a favor de la participación paritaria de hombres y mujeres.

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres se visibiliza la falta de regulación en los contenidos de los mensajes de campaña, además de la desigualdad de difusión entre los géneros.

Es una tarea pendiente, pues aún y cuando la legislación electoral no prevea la paridad en contenidos y cantidad, la autoridad electoral cuenta con las facultades para emitir lineamientos al respecto.

La paridad entre los géneros debe beneficiar a ambos en la misma medida, los mensajes de promoción de candidaturas y del voto debe de garantizar la exposición en circunstancias equilibradas y uniformes entre los hombres y mujeres que son postulados, si existe desigualdad en la exposición en medios de las distintas candidaturas es una forma de ejercer violencia al género menoscabado.

Por una vida libre de violencia en contra de las mujeres, trabajamos en la igualdad de oportunidades.

 

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