Al considerar que existen vacíos legales que podrían influir de manera negativa en delitos de violencia digital, integrantes de instituciones públicas, privadas y de organismos internacionales; así como académicos, activistas y la sociedad civil, impulsan una propuesta para reformar tres artículos del capítulo 19 del T-MEC en materia de Comercio Digital.
A través del documento “Digitalidad y derechos humanos: Los riesgos del T-MEC en materia de servicios digitales”, se señala que las actuales disposiciones de la renegociación del tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá no tienen una disposición expresa que obligue a las empresas tecnológicas a someterse a la jurisdicción de los países donde operan y donde residen sus consumidores.
Es decir, “las plataformas digitales y sus equivalentes podría hacer negocios en México sin que ninguna autoridad mexicana pueda auditarlas de manera efectiva, exigirles evidencia cuando hay un delito, ni obligarlas a rendir cuentas por lo que ocurre en sus plataformas”.
El investigador académico del programa universitario, Dardo Neubauer, explicó que “para que una víctima de violencia digital en México pueda obtener justicia efectiva deben confluir tres condiciones simultáneas: las autoridades nacionales deben tener acceso oportuno a la evidencia digital, deben poder exigir rendición de cuentas y auditar los sistemas algorítmicos que amplifican o moderan la violencia y la plataforma debe estar sujeta a un régimen efectivo de obligaciones y eventuales responsabilidades. Y, estos artículos, el 19.12, 19.16 y 19.17 del T-MEC, como están actualmente, bloquean cada una de estas tres condiciones”.
Específicamente, exponen, el Artículo 19.16 del T-MEC entorpece el acceso ágil de las autoridades a la evidencia digital, y las plataformas no están obligadas a cooperar de forma inmediata para evitar daños de imposible reparación.
Respecto al Artículo 19.17 del T-MEC, éste deslinda a las plataformas de responsabilidad por estos contenidos — incluyendo los que sus propios algoritmos amplifican — dejando impune una práctica sistemática.
“En México, nadie está poniendo atención en el tema de comercio digital. A pesar de ver casos en los que las mismas plataformas digitales están siendo duramente cuestionadas también en su país porque tienen demandas de cientos de familias por el modelo de negocios que vulnera la salud mental, genera ansiedad, depresión y adicción en niños, niñas y adolescentes. Ahí queremos poner la mirada: en su responsabilidad con las personas usuarias” explicó Marcela Hernández Oropa, fundadora de la Red Latinoamericana de Defensoras Digitales.
La influencia de la Ley Olimpia
De acuerdo con el informe diagnóstico de la implementación de la Ley Olimpia: conforme ha crecido el poder de las corporaciones tecnológicas, también se ha multiplicado la violación a la intimidad sexual de mujeres y niñas, se han ampliado las oportunidades para ejercer violencias digitales sin posibilidad de rastrear a los agresores, y se han masificado contenidos que promueven la discriminación de género y la apología de las violencias sexuales.
Así lo afirmó Olimpia Coral Melo Cruz, fundadora del Movimiento Ley Olimpia: “Hoy no estamos respondiendo a una coyuntura, estamos construyendo una narrativa para el futuro. Pedimos algo claro: que sea no sin nosotras y no con censura algorítmica. Este manifiesto que generosamente hacen los investigadores y las investigadoras jurídicas tiene tres cambios en el 19.12, en el 19.16 y en el 19.17 de Capítulo de comercio Digital en el T-Mec.
“Es necesario el acceso del código fuente de los datos y por supuesto la responsabilidad de las plataformas digitales, porque la arquitectura jurídica hoy desgraciadamente podría proteger solo los intereses de las plataformas por encima de la seguridad y de la ciudadanía lo cual impide que nuestro país pueda ejercer la eficacia de sus propias legislaciones, como la Ley Olimpia”.
Desde la perspectiva jurídica, se apunta, las omisiones del tratado y en la regulación interna sobre la jurisdicción aplicable en temas de violencia digital son graves. “Este mismo año, aún con los precedentes de la Corte sobre Jurisdicción Aplicable, solicitamos la no- indexación de información privada, sin relevancia pública alguna y el algoritmo respondió que hiciéramos valer ese derecho en California” sostuvo Carmen Quijano, de la Barra Mexicana Colegio de Abogados.
“Qué impotencia ver a un joven sufrir por tener que acudir a la escuela o a la universidad sabiendo que muchas personas tienen en sus teléfonos imágenes íntimas de su cuerpo y explicarle que no es posible identificar al responsable porque la empresa que posee la información se encuentra en el extranjero y conforme a sus términos y condiciones o puede colaborar con las autoridades mexicanas de forma expedita”, agregó.
Según datos del MOCIBA INEGI 2026, en México, cerca de 19 millones de mujeres de entre 18 y 30 años han sido víctimas de acoso en internet. A eso se suman casi 3 millones de niñas, niños y adolescentes de 12 a 17 años que han denunciado violencia digital, y 760 mil que han recibido contenido agresivo o inapropiado en plataformas.
Sin embargo, las organizaciones dejaron en claro que las modificaciones propuestas no buscan obstaculizar el comercio digital, sino garantizar que sus reglas sean compatibles con el Estado de derecho y con la protección de quienes habitan el entorno digital.
México pionero en legislación
México ha sido pionero en el desarrollo de instrumentos de protección digital: la Ley Olimpia, la Ley Federal de Protección de Datos, el Decálogo de Derechos Digitales en Redes Sociales de Tlatelolco Lab, y el Primer Acuerdo de colaboración voluntaria con plataformas digitales presentado por el Gobierno de México, por lo que consideraron que “esos avances se deben armonizar con el derecho internacional para que sean aplicables en el ciberespacio, para tener la eficacia de cooperación de la normativa internacional y que las corporaciones tecnológicas no pueden ignorar”.
“Si el Capítulo 19 se renegocia sin modificaciones, esa impunidad quedará sellada con vigencia renovada”, aseveraron en la presentación del documento que es resultado de una investigación sustentada en investigación académica, argumentación jurídica y años de acompañamiento a víctimas de violencia digital.
“Celebramos la alianza estratégica y oportuna que hoy compartimos con el Movimiento Ley Olimpia, Defensoras Digitales y la Barra Mexicana de Abogados. Estamos orgullosos de sumarnos a esta iniciativa valiosa e histórica que hoy nos lleva a interpelar y a hacer una exigencia ciudadana. Nunca más acuerdos comerciales o internacionales sin la participación de todas y todos” expresó. Eloy Caloca, investigador PUEDJS-UNAM.
En esta iniciativa participaron la Red Latinoamericana de Defensoras Digitales, Tlatelolco Lab del Programa Universitario de Estudios sobre Democracia, Justicia y Sociedad (PUEDJS) de la UNAM y la Barra Mexicana, Colegio de Abogados.
Finalmente, las organizaciones convocantes hicieron un llamado abierto a movimientos sociales, academia, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanía en general, a firma dicha iniciativa en el micrositio https://puedjs.unam.mx/digitalidad-y-derechos-humanos/.