lunes 20 mayo, 2024
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Tribunal revoca resolución del INE sobre queja de Xóchitl Gálvez por violencia política de género; pide nuevo análisis

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos, revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por Xóchitl Gálvez Ruiz en contra del titular del Ejecutivo federal.

El asunto se originó a partir de la queja presentada por Xóchitl Gálvez, en contra del presidente de la República y de diversos funcionarios del Ejecutivo federal y de quien resultara responsable de reproducir en redes sociales manifestaciones presuntamente constitutivas de violencia política de género, presuntamente realizadas por el presidente López Obrador en las conferencias matutinas del 3, 4, 5, 10, 11, 14 y 17 de julio.

En esa queja, señaló el tribunal en un comunicado, que la denunciante solicitó medidas cautelares para que se ordenara a los sujetos denunciados el retiro y la no reproducción, en portales oficiales, de las expresiones denunciadas. También solicitó medidas, en su vertiente de tutela preventiva, para que el presidente de la República se abstuviera de emitir mensajes constitutivos de violencia política de género.

Sin embargo, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE negó las medidas solicitadas, por tres razones fundamentales: 1) ya se habían retirado de los portales oficiales las conferencias matutinas del 3, 4 y 5 de julio, por lo que se habían atendido y, por tanto, se trataban de actos consumados; 2) el resto de las conferencias matutinas denunciadas contenían mensajes aparentemente lícitos, sobre temas de interés público, sin que se refiriera a la denunciante por su condición de mujer; y 3) no se advirtió un contexto que revelara la comisión de conductas ilícitas que podía continuarse o repetirse. Por tanto, ante la improcedencia de las medidas solicitadas, la denunciante acudió a la Sala Superior.

Al respecto, a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, “revocó la determinación impugnada debido a que en las conferencias matutinas de los días 10, 11, 14 y 17 de julio, sí se advierten expresiones que, de un análisis preliminar, pudieran constituir violencia política de género en contra de Xóchitl Gálvez, pues pretenden transmitir la idea de que sus aspiraciones políticas para ocupar un determinado cargo no se sustentan en sus méritos, sino en la decisión de un grupo de hombres”.

Por tanto, la Sala Superior ordenó a la Comisión del INE emitir un nuevo acuerdo en 24 horas, en el que, a partir de reconocer la utilización de estereotipos de género en las conferencias matutinas mencionadas, determinara lo que correspondiera respecto de las medidas solicitadas.

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