jueves 21 noviembre, 2024
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«COLUMNA INVITADA» La queja del BOA, prearranque electoral

 

Como casi todo lo que ha pasado en esta primera mitad del año 2020, el proceso electoral previsto para iniciar en septiembre, se encuentra en ciernes, con una, quizá, baja posibilidad de modificar la fecha en que deba dar inicio, precisamente por la semaforización de la pandemia en todo el país.

Pero lo anterior no ha sido impedimento para que las diferentes fuerzas políticas empiecen a mostrar sus estrategias y temáticas en las que centraran sus esfuerzos para la próxima elección en la que se renovarán las 500 curules de la Cámara de Diputados, 15 gubernaturas, ayuntamientos y congresos locales en 30 entidades, así en ese sentido, esta semana fue noticia la existencia del BOA (Bloque Opositor Amplio).

En las democracias, la existencia de una oposición crítica y que señale lo que considera como decisiones erróneas en las dinámicas de los gobiernos, es sano, porque ello le permite al electorado reconocer las diversas opciones con que cuenta al momento de ejercer su derecho al voto.

Por lo que se menciona en diversos medios informativos, el BOA sería eso, un bloque de la oposición al actual gobierno, crítico de las decisiones oficiales, sin embargo, pareciera que quienes le integran no han decidido salir a la luz pública como tal, pero si se conoció su posible existencia y ello es motivo de una de las quejas ante el Instituto Nacional Electoral que bien podría ser la que sin que sea su objetivo, sea en la vía de los hechos el arranque previo del proceso electoral y signifique el inicio de un procedimiento sancionador por presuntas vulneraciones a la normativa electoral y a principios constitucionales.

De acuerdo con la queja interpuesta por el Partido Acción Nacional se considera que el hecho de que en una de las conferencias informativas del Ejecutivo federal se abordara el tema de la existencia de bloque, es una violación en materia electoral, pues con ello, el gobierno federal actúa de forma parcial en beneficio de su partido y del proyecto de gobierno que encabeza el primer mandatario, ya que busca incidir en el electorado, justo cuando está por iniciar el proceso electoral 2020-2021.

En la queja, se argumenta que se vulnera el artículo 134 constitucional, pues la difusión de esa información se hizo con el uso de recursos públicos y pudiera tratarse de propaganda gubernamental lo que es violatorio a ese precepto legal. Aunado a ello, denuncian la posible violación al principio de imparcialidad, pues con esas acciones el gobierno federal pudiera estar haciendo un llamado al voto en beneficio al partido del cual emanó.

Ahora bien, desde el momento que el actual gobierno federal determinó que uno de los medios de comunicación con las personas gobernadas sería a través de las conferencias del Presidente de la República, llamadas “las mañaneras”, y después de algunas resoluciones jurisdiccionales, se consideran propaganda gubernamental, esto es así, pues a través de estas conferencias se difunden mensajes cuyo contenido es de carácter institucional, con fines informativos, educativos o de orientación social; también permiten hacer del conocimiento de la ciudadanía la existencia de logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno y la difusión debe observar los principios de imparcialidad y neutralidad.

Por ahora, con la queja interpuesta ante la autoridad electoral, lo siguiente es la etapa de investigación de la presunta conducta infractora, es decir, averiguar si el mensaje que difunde la posible existencia del BOA configura propaganda gubernamental no permitida: que difunda mensajes que incluyan nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier persona que sea funcionaria pública; o que el contenido sea con el objetivo de promover la figura de una persona funcionaria pública; o bien, que la información emitida implique la pretensión de ocupar un cargo de elección popular, la obtención del voto, favorecer o perjudicar a un partido político o candidatura, pero que de cualquier forma se vincule a algún proceso electoral; y, finalmente, que con la emisión del mensaje se utilicen recursos públicos.

Con el arranque anticipado del proceso, a través de esta queja, o del propio anuncio del BOA, lo cierto es que, de ver la luz, la existencia de este bloque opositor es normal en las democracias representativas, y generalmente cumplen con la función de ser el contrapeso al gobierno en turno, su anuncio, no lleva implícito un llamamiento al voto, el reconocer a la oposición agrupada o no, no forzosamente tiene fines electorales, será la investigación del INE y el análisis de la conducta por parte de la Sala Especializada, lo que determine si encuadra en el supuesto de vulneración al artículo 134 Constitucional. Al tiempo.

 

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