sábado 20 abril, 2024
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Sandra Vivanco BLOGS

«COLUMNA INVITADA»: Ni diploma, ni título

 

La fecha legal para declarar Presidente de la República electo es el próximo 6 de septiembre, sin embargo el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pretende realizar la declaración de validez de la elección presidencial este 8 de agosto, un mes antes.

La contundencia de la votación recibida el pasado 1 de julio ha permitido que, las impugnaciones sean en número menor al que esperaba el máximo órgano jurisdiccional, de ahí la posibilidad de anunciar la anticipación de la entrega.

Entre las atribuciones constitucionales de la Sala Superior está precisamente resolver como única instancia las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

En el mismo artículo 99 de la Constitución Federal, también refiere que, la Sala Superior realizará el cómputo final de dicha elección, una vez resueltas las impugnaciones interpuestas, procederá a formular las declaraciones de validez de la elección y de Presidente Electo respecto del candidato que obtuvo el mayor número de votos.

La sesión para formalizar lo anterior es la que sucederá el próximo miércoles 8 de agosto, pero para llegar a ello, pasaron varias cosas y momentos previos:

Concluidos los cómputos distritales que iniciaron el miércoles siguiente al domingo de la jornada electoral y habiendo sido validados los resultados por el INE, los partidos políticos y coaliciones están en aptitud de impugnar los resultados.

Recibidas las impugnaciones presentadas contra los resultados de la elección de Presidente de la República, los Magistrados de la Sala Superior recibieron los expedientes cómputos de los 300 distritos electorales del país.

A partir de ese momento, se tiene hasta el 31 de agosto para resolver de forma definitiva e inatacable dichas impugnaciones, lo que permite realizar el cómputo final, pues al verificar los votos materia de impugnación y de proceder las causales invocadas anularlos, deben restarse y realizar una nueva sumatoria de los votos validados, ese es el nuevo cómputo.

Posteriormente y en cumplimiento a sus atribuciones, verificará que el proceso electoral, por lo que ve a esta etapa, las anteriores ya fueron revisadas, se haya celebrado cumpliendo con los principios constitucionales y de la función electoral: igualdad, equidad, certeza, objetividad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y seguridad jurídica.

Es entonces cuando el Pleno del TEPJF realizará las declaraciones anunciadas y entregará la constancia de Presidente Electo, posteriormente informará a la Cámara de Diputados para que de conformidad con el artículo 74 de la Constitución Federal esté en condiciones de expedir el Bando Solemne para dar a conocer lo informado por la Sala Superior.

Cabe precisar que en la legislación electoral, LGIPE, y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación solo se establece la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo sin señalar una sesión solemne para entregar constancia alguna al candidato con mayor número de votos, sin embargo, ha sido costumbre que el candidato electo asista a la sesión donde se le entrega un documento como un acto protocolario.

Dicho documento en sí no es una constancia de mayoría como la que se le entrega a las candidaturas triunfadoras a otros cargos de elección popular como Diputaciones Locales y Federales, Senadurías, Gubernaturas, Jefatura de Gobierno de la CDMX, presidencias municipales o alcaldías.

La ley prevé la ceremonia protocolaria del Congreso de la Unión, donde proteste al cargo el nuevo presidente de la República, recibirá la banda presidencial de manos del Presidente del Congreso y dará un mensaje a la Nación, de forma respetuosa frente a los titulares de los otros dos poderes: Legislativo y Judicial.

Por lo que, en la sesión del próximo miércoles no se entrega ni un título, diploma y en sí, tampoco una constancia de mayoría, es un documento que acredita que Sala Superior ha resuelto la totalidad de impugnaciones de la elección presidencial y se encuentra en condiciones de informar al Congreso de la Unión la declaración de validez de la elección y de Presidente Electo.

Enhorabuena al trabajo del personal de las instituciones electorales, ya falta menos.

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