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ACTOS DE PODER: La reforma electoral. De las libertades políticas

Por. Fernando Coca

X: @Fercoca

Como lo comenté en una entrega anterior, daría un repaso de cada uno de los temas que están en el catálogo de cambios a la estructura del poder en México.

En esta entrega me refiero a las libertades políticas, esos derechos fundamentales que le permiten a los ciudadanos participar y entrometerse en la cosa pública y en la toma de decisiones colectivas.

Estas libertades son el cimiento de cualquier sistema político que se diga democrático y son la garantía de que el poder político no se ejercerá de manera arbitraria, autoritaria.

¿Cuáles son los derechos políticos que los mexicanos debemos tener en esta nueva etapa histórica que pretende cambiar al poder público? Son las siguientes que deberán tener la más amplia protección legal para evitar que los del poder se asuman como los grandes prohombres y que su verdad sea impuesta a costa de todo con el abuso de los instrumentos y las herramientas del poder político y económico.

1. Libertad de expresión y prensa. Quizá la más importante de las libertades en los momentos definitorios de las naciones. Cuando los ciudadanos pueden expresar libremente sus opiniones, sus críticas a las mujeres y hombres del poder y difundir información sin censura previa, el resto de las libertades estaría garantizada.

En México hemos vivido, en las últimas semanas, hechos deleznables para la garantía de la libertad de expresión.

Se ha abusado de las denuncias por violencia política en razón de género cuando desde la ciudadanía o la prensa, se crítica el acceso al poder, la actuación en los cargos públicos o la crítica los comportamientos de algunas mujeres en campaña por cargos públicos.

El caso SER-PSC-94-/2024 que es popularmente identificado como DATO PROTEGIDO. Cuando desde el poder se busca intimidar a los ciudadanos con resoluciones del más alto tribunal en materia electoral, se deforma el debate de la protección a los derechos de las mujeres cuando una denuncia pública se convierte en violencia de género gracias a la óptica leguleya de la ley y a quien demandó “protección” se le revierte la consigna de intimidar, acallar y desaparecer las críticas. Nadie se acuerda del nombre de la actora que señaló a la ciudadana Karla Estrella Murrieta por haberla agredido. Luego de 30 días de solicitar se le disculpara por su atrevimiento, el daño a la carrera política de DATO PROTEGIDO ha sido dañada por sus propias acciones.

No sólo ha sido ella, Karla Estrella, también a Héctor de Mauleón se han ido encimas las autoridades electorales por revelar información de la SEDENA que involucraba a una candidata en el proceso electoral judicial.

También está el caso de Campeche en el que el periodista Jorge González quien tiene censor para que sus textos sean revisados desde el poder para que no incomode al poder estatal

Si no se garantiza la libertad de expresión de ciudadanos y periodistas nada de lo que sigue en la reforma electoral, que es la del poder, no le servirá al pueblo de México.

Una de las mayores lecciones que dejó Andrés Manuel López Obrador en esta materia se pude resumir en su frase, la que repitió una y mil veces en Las Mañaneras originales (cuando fue jefe de Gobierno del Distrito Federal): EL QUE NO QUIERA VER ESPANTOS, QUE NO SALGA DE NOCHE.

Sin libertad de expresión y de prensa, no hay reforma electoral y no se transforma el poder.

2. Libertad de asociación y reunión. Todas y todos los ciudadanos deben tener la libertad de afiliarse a partidos políticos, sindicatos organismo no gubernamentales y asociaciones civiles o movimientos sociales sin el temor de ser perseguidos por el hecho de hacerlo.

3. Derecho al voto y a ser votado. En México es un derecho y una obligación el votar y ser votado. El primero, el derecho, se cumple sólo por un porcentaje limitado, es decir, una gran mayoría de quienes están en condiciones de votar no lo hacen efectivamente ya sea por abstención o por anular su voto.

El derecho a ser votado queda en manos de las dirigencias de los partidos y de grupos de poder ajenos a la ciudadanía.

El derecho a votar debería ampliar su obligación a asistir a las urnas so pena de una sanción administrativa (no poder tramitar licencias de conducir o pasaportes, por ejemplo) y una sanción pecuniaria, es decir, una multa que no sea conmutable, además de servicio público. ¿Para qué hacer que la obligación de votar se cumpla? Para que los candidatos y sus partidos salgan a la calle a convencer de votar por su opción y, luego, cumplir los compromisos adquiridos en campaña.

De esta forma, la vida democrática en México avanzará y la representación popular no tendrá objeciones. ¿La clase política se atreverá a darle ese poder al pueblo?

4. Libertad ideológica y de conciencia. La pluralidad es la esencia de la democracia. Garantizar que las diversas opciones políticas, religiosas y sociales no sean objeto de persecución.

5. Garantías frente al poder estatal. Igualdad ante la ley, no discriminación y el debido proceso.

Para que las libertades políticas en México tengan su más amplia expresión se requiere la consolidación de un Estado de derecho efectivo, la nueva composición del poder judicial deberá dar garantía de ello desde el primer minuto del 1 de septiembre; garantía de elecciones competitivas y representativas, lo cual se logrará con un arbitro electoral independiente y ciudadano y con el blindaje del sistema electoral del dinero ilícito y el uso clientelar de los programas de gobierno. Ampliar la libertad de prensa e información. El pueblo requiere de espacios para ejercer la crítica, establecer mayor protección frente a la violencia e intimidación que emane del sector político y del crimen organizado. Profundizar los espacios y mecanismo para ejercer las libertades. Es decir, no sólo votar cada tres o seis años significa democracia. También se deben considerar los referéndums plebiscitos y presupuesto participativos efectivos. Además de incluir en todos los procesos de la vida pública a las comunidades originarias. Importante será el blindaje contra regresiones que impidan la ampliación de las libertades políticas. Los contrapesos institucionales a los poderes ejecutivo y legislativo son necesarísimos para que las condiciones de libertad se amplíen, se garanticen y sean progresivas debe ser la guía del debate porvenir.

Todas estas condiciones están fundamentadas en los textos que le han dado a la humanidad un espacio de convivencia para tratar de conducir la relación poder político-ciudadanía en términos no autoritarios.

Por ejemplo, Bill of Rights (1689, Inglaterra) que dice que la libertad de expresión y de debate en el Parlamento no debe ser cuestionada en NINGÚN TRIBUNAL o fuera de este parlamento. Si bien esto es antecedente del fuero legislativo, la progresión este derecho a la libertad de expresión debería incluir a periodistas y ciudadanía.

En la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789, Francia) en su artículo 11, dice que la libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es el derecho más precioso del hombre. Por tanto, hablar, escribir e imprimir libremente, salvo responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley. La libertad de expresión es una garantía universal.

En la Constitución del 1857 se podría leer que “es derecho de los ciudadanos de escribir y publicar escritos de cualquier materia. Ninguna ley o autoridad puede establecer previa censura ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más limite de que el respeto a la vida privada, a la moral y la paz pública”. Esta es una de las mejores lecciones de los liberales que encabezaron Juárez y Lerdo, entre otros ilustres mexicanos del siglo XIX.

Años más tarde, en la Constitución del 17, en el artículo 35 fracción II se escribió que “es derecho de los ciudadanos votar en las elecciones populares y ser votados para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley”.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1946 ONU) y en el Pacto de Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966, ONU. Ratificado por México en 1981) se establecen los derechos de libre asociación como el cimiento de la vida política democrática y la estandarización de elecciones libres y autentica.

Así, espero que el debate vea por la progresividad de las libertades políticas de las y los mexicanos.

 

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