Luego de una larga discusión, el día de ayer la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular con cambios, el dictamen por el que se expide una nueva Ley de la Guardia Nacional, la cual estará integrada por personal militar con formación policial dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional.
El dictamen, aprobado en lo general con 349 votos a favor, 132 en contra y cero abstenciones, y en lo particular con cambios por 351 a favor, 124 en contra y cero abstenciones, deriva de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum; abroga la ley vigente publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019, y adecua el texto normativo con el decreto de reforma constitucional del 30 de septiembre de 2024. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.
La iniciativa modifica disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal y del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, así como de los códigos de Justicia Militar, y Militar de Procedimientos Penales.
Nueva Ley de la Guardia Nacional
La Ley nueva de la Guardia Nacional, que cuenta con 96 artículos y se organiza en siete títulos, tiene como uno de sus propósitos regular los principios, organización, atribuciones, integración, equivalencias jerárquicas, así como su coordinación con las entidades federativas y las autoridades municipales.
DE esta manera, la Guardia Nacional podrá contar con personal del Ejército, Fuerza Aérea y confianza de carácter civil que sea necesario.
Su objeto es realizar la función de seguridad pública a cargo de la Federación y, en su caso, conforme a los convenios que para tal efecto se celebren, colaborar temporalmente en las tareas de seguridad pública que corresponden a las entidades federativas o municipios, con la finalidad de preservar la paz social y proteger los derechos de la población.
Sus fines son salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas, así como preservar las libertades, contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social; proteger los bienes y recursos de la nación, y llevar a cabo acciones de colaboración y coordinación con entidades federativas y municipios.
Regirá su actuación por los principios de patriotismo, legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, honestidad y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Atribuciones y obligaciones:
Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determine la legislación aplicable, salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos.
Realizar investigación e inteligencia para la prevención de los delitos, en coordinación con el Consejo Nacional de Inteligencia en Seguridad Pública, y efectuar tareas de verificación, en el ámbito de su competencia, para la prevención de infracciones administrativas, en apego a la normativa aplicable y respeto a los derechos humanos.
Recabar información en lugares públicos para evitar el fenómeno delictivo, mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta que resulten necesarios para la generación de inteligencia preventiva. En el ejercicio de esta atribución se deberá respetar el derecho a la vida privada y los derechos humanos de las personas. Los datos obtenidos con afectación a los derechos humanos carecerán de todo valor probatorio.
Paralelamente, la Guardia Nacional llevará a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la investigación preventiva del delito; realizará, bajo el mando y conducción del Ministerio Público, la investigación que resulte de esas operaciones en términos de las disposiciones aplicables, también las investigaciones de los delitos cometidos, así como las actuaciones que les instruya aquel o la autoridad jurisdiccional Federal, conforme a las normas aplicables.
Estructura
El titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, de conformidad con las instrucciones que reciba de la persona titular del Ejecutivo Federal, es la responsable de organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar a la Guardia Nacional.
La Guardia Nacional realizará sus operaciones mediante la estructura siguiente: Secretaría de la Defensa Nacional, Comandancia, Coordinación Territorial, Coordinación Estatal, Coordinación de Unidad, y Unidades Circunstanciales.