INE dicta medidas cautelares contra AMLO y Xóchitl Gálvez - Mujer es Más -

INE dicta medidas cautelares contra AMLO y Xóchitl Gálvez

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, emitir diversas medidas cautelares contra el presidente Andrés Manuel López Obrador y la abanderada del Frente Amplio por México, Xóchitl Gálvez Ruiz, por manifestaciones de índole político o electoral durante “las mañaneras” y actos anticipados de campaña.

En el primer caso, Gálvez Ruiz denunció al primer mandatario y a diversas servidores públicos que participan en “las mañaneras”, por sus manifestaciones realizadas sobre proceso electoral, celebradas los días 7, 8 y 13 de septiembre, al señalar que ello beneficia al partido Morena y a Claudia Sheinbaum Pardo y perjudica a los partidos políticos de oposición y a su persona.

“Del análisis preliminar a las frases y manifestaciones realizadas en su conjunto, se advierte que el Titular del Ejecutivo Federal hizo referencia expresa al Proceso Electoral Federal 2023-2024 exponiendo de forma insistente la continuidad de lo que denomina “su movimiento o proyecto de transformación” lo que constituyen, bajo la apariencia del buen derecho, declaraciones de naturaleza electoral, por lo cual se dictaron medidas cautelares para ordenar se eliminen los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de las citadas conferencias”, señaló el INE.

De igual manera, la Comisión consideró la procedencia de las medidas cautelares, bajo la vertiente de tutela preventiva, a fin de que el presidente de la República se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales.

Derivado de que existe un riesgo real de que la conducta ocurra nuevamente, toda vez que la Comisión de Quejas y Denuncias ha dictado múltiples medidas cautelares y el Presidente de México ha sido recurrente en realizar manifestaciones de índole político o electoral durante las conferencias de prensa matutinas se resolvió que, previo al inicio de las conferencias de prensa matutinas, se haga público un mensaje en el que se indiquen los límites contenidos en el artículo 134 de la Constitución Federal relacionados con los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad que rigen el actuar de todos los servidores públicos que acuden  a dichas conferencias.

Para el segundo caso tres ciudadanos y el partido Morena presentaron quejas en contra de Xóchitl Gálvez Ruiz, Beatriz Elena Paredes Rangel y los partidos integrantes del Frente Amplio por México, por las manifestaciones realizadas en el “Foro Regional México y el mundo: si promovemos a México ¿Vendrán más oportunidades?” celebrado el pasado 24 de agosto en Guadalajara.

La Comisión ordenó al PRI y a Xóchitl Gálvez el retiro de diversas publicaciones alojadas en las redes sociales X y Facebook, pues su contenido pudiera configurar actos anticipados de precampaña y/o campaña y, en consecuencia, afectar el principio de equidad en la contienda de cara al Proceso Electoral Federal 2023-2024.

De igual manera, se denunció el evento realizado el pasado 3 de septiembre en el Ángel de la Independencia de la Ciudad de México, y su posterior difusión en redes sociales, por lo que se ordenó el retiro de diversas publicaciones vinculadas al evento pues se considera que se realizaron manifestaciones de naturaleza proselitista con la finalidad de posicionarse de manera anticipada ante la ciudadanía.

Asimismo, se dictó tutela preventiva a efecto de ordenar a la y los denunciados que, en todo tiempo, se ajusten a los límites y parámetros constitucionales antes expuestos, recalcándoles la obligación de conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.

Sobre el deber de cuidado de los partidos que conforman el Frente Amplio por México y el uso indebido de recursos, tales tópicos deberán ser analizados en el fondo del asunto por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En un tercer caso, Gálvez Ruiz fue denunciada por la presunta vulneración al interés superior de la niñez, derivado de la publicación de imágenes y un video en X, Facebook, Instagram y TikTok, en el que aparecen menores de edad. Toda vez que no proporcionó el otorgamiento del consentimiento y la autorización o permiso de sus padres para aparecer en la propaganda, la Comisión consideró procedente ordenar que se eliminen las publicaciones y audiovisuales o, en su caso, se difuminen las imágenes de las personas menores de edad.

Finalmente, tras la denuncia por la difusión de la publicación de un video en YouTube denominado “Xóchitl Gálvez en entrevista con Joaquín López-Dóriga para @GrupoFormulaOficial 04/09/23” en el canal de la senadora; también se ordenó su eliminación, pues los contenidos no obedecen a la labor periodística del medio de comunicación, dado que el material denunciado se difunde en el canal de YouTube de Xóchitl Gálvez Ruiz, quien cuenta con la calidad de Senadora de la República, por lo que está sujeta a deberes más restrictivos en lo que respecta al contenido difundido en sus redes sociales.

 

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