Presentan diputados ante la SCJN controversia constitucional contra el INE por Revocación de Mandato - Mujer es Más -

Presentan diputados ante la SCJN controversia constitucional contra el INE por Revocación de Mandato

Foto. Cámara de Diputados.

La Cámara de Diputados presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una demanda de controversia constitucional en contra del Instituto Nacional Electoral (INE), que decidió aplazar diversas fases de la consulta de revocación de mandato.

Después de un análisis jurídico realizado por este órgano del Congreso de la Unión, se observaron diversas irregularidades constitucionales que invaden el ámbito de competencia de esta Cámara en ejercicio de sus facultades exclusivas en materia presupuestal y de sus facultades legislativas en materia de revocación de mandato.

Asimismo, se detectaron afectaciones a derechos fundamentales de carácter político de la ciudadanía, concretamente al derecho a participar en procesos de revocación de mandato.

Con el propósito de defender los intereses de la Cámara de Diputados, y en atención a que esta se encuentra en periodo de receso, el presidente de la Mesa Directiva, Sergio Gutiérrez Luna decidió, en ejercicio de las facultades presentar ante el máximo tribunal dicho recursos contra el Instituto Electoral.

Derivado de lo anterior, esta demanda tiene la finalidad de impugnar el acuerdo a que llegó el INE el pasado viernes de posponer temporalmente varias fases del proceso de revocación de mandato, de sus efectos y consecuencias.

En la demanda se solicita la suspensión del acuerdo para el efecto de que el Instituto se abstenga de posponer de forma temporal cualquiera de las actividades para la organización del proceso de revocación de mandato del Presidente de la República y continúe con la organización y el desarrollo de la totalidad de las actividades de este ejercicio de democracia participativa hasta su conclusión.

En tal sentido el organismo público autónomo deberá respetar en sus términos el ordenamiento contenido en el artículo cuarto transitorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que precisa: “el Instituto deberá de garantizar la realización de este ejercicio de revocación de mandato, por lo que hará los ajustes presupuestales que fueran necesarios”.

 

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