Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de la ampliación de mandato, por dos años, del ministro presidente, Arturo Zaldívar.
De esta manera, se invalidó el artículo décimo tercero transitorio del Decreto de reformas del 7 de junio de 2021 en materia de justicia federal.
El pleno sostuvo que “dicha ampliación es contraria a los artículos 97 y 100 de la Constitución, los cuales establecen la forma de designación y los plazos de periodo del presidente de la Suprema Corte y los consejeros de la Judicatura, así como de los principios de supremacía constitucional, división de poderes y de autonomía e independencia judicial”.
Por tanto, los funcionarios mencionados deberán dejar los cargos correspondientes conforme al plazo originalmente determinado en el momento de su nombramiento.
Esta declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal.
En abril de este año el Congreso aprobó una reforma del Poder Judicial que hora incluyó extender dos años más el periodo de Zaldívar, señalado por su cercanía con el presidente, Andrés Manuel López Obrador.
Redacción