El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia que impuso el Instituto Nacional Electoral (INE) contra Movimiento Ciudadano y Samuel García, gobernador electo de Nuevo León, por las presuntas aportaciones en campaña por parte de su esposa, Mariana Rodríguez.
La multa ascendía a 55.7 millones de pesos a su partido Movimiento Ciudadano (MC) y a 448 mil 100 pesos al político.
Durante la sesión, los magistrados recordaron que la multa que impuso el INE fue por las publicaciones en redes sociales de Rodríguez Cantú para promover la campaña de su esposo, en las elecciones del pasado 6 de junio.
Según el análisis del órgano electoral, fueron un total de mil 300 historias y 45 fotografías a favor del gobernador electo de Nuevo León difundidas durante los 90 días de campaña, lo cual, es considerado como “aportaciones en especie” y por las que el político debió cobrar alrededor de 27.8 millones de pesos.
No obstante, el magistrado Infante Gonzáles destacó que las publicaciones de Mariana Rodríguez no deberían considerarse como aportaciones, por la “libertad de expresión y por el vínculo matrimonial”.
“Las publicaciones no pueden considerarse como aportaciones, entre otras cosas por el respeto a la libertad de expresión y por el vínculo matrimonial entre Mariana Rodríguez y Samuel García. El INE no pudo demostrar ni tiene constancia de que Mariana Rodríguez haya recibido alguna prestación de dinero o en especie o la promesa de estas a cambio de sus publicaciones, además, no hay pruebas de que se haya contratado un esquema de publicidad para dar más difusión a las publicaciones de Mariana Rodríguez y el número de seguidores de ella no son argumentos suficientes”, detalló.