¡Vaya decisión de la Suprema Corte respecto a la consulta popular! Si mi abuelo Juventino V. Castro viviera y fuera ministro activo de la Corte, la tarde de hoy hubiera sido memorable. Me lo imagino llegar a casa y contarnos durante la comida los pormenores de la sentencia respecto a la consulta popular, me lo imagino hablando sobre conceptos políticos y jurídicos que le eran vitales para lograr un “Estado de Derecho Social”.
Confieso que mis conocimientos culinarios e históricos poco tienen que ver con sentencias y jurisprudencias. Y para tratar la decisión de ayer en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, prefiero utilizar las palabras escritas de mi abuelo y que tantas veces le escuché pronunciar. Las tomo de dos de sus libros: “La posible facultad del Poder Judicial para iniciar leyes” y sus “Breves apuntes autobiográficos.”
Le cedo entonces la palabra: “El Judicial ya no debe dedicarse exclusivamente a resolver las controversias entre partes particulares o entre éstas y las autoridades, ya que empieza a delinearse como un verdadero poder político.” ¡Sopas! Ya le tomaron la palabra. Y acota: “no se pretende afirmar que el Poder Judicial está por encima de los otros dos poderes, sino que al Judicial se le ha encargado además de una función jurisdiccional una misión trascendente respecto de las tareas del gobierno constituido, esto debe apreciarse con especial cuidado. El Judicial nace como tercer poder político por su labor interpretativa de la Constitución.
“En nuestras sociedades se impone, como idea rectora, que el soberano único es el pueblo y que este pueblo es el origen de todo poder, aunque no pudiéndolo ejercer personalmente pueda delegarlo, y esa es la democracia electoral, la cual resulta el primer factor de poder que el pueblo posee.
“Las autoridades públicas no son más que las mandataria del pueblo; y el valor de ellas es el mismo pueblo que le otorga el poder y la fuerza a un funcionario.
“No toda la democracia de la que hablamos es de carácter electoral, sino que existe una democracia participativa. Esto quiere decir que el pueblo no regala el poder, sino simplemente lo encomienda a unos mandatarios; pero que para regir o gobernar a una sociedad el propio pueblo forzosamente debería participar directamente con acciones concretas y bajo sus más caros sentimientos. Y es así como nace la democracia participativa.
“Si la fuerza del pueblo es su voto elector de representantes…toda teoría del poder del pueblo se derrumba, porque es más correcto afirmar que en las épocas actuales en México el poder ya no pertenece al pueblo sino a los partidos políticos. Y luchar contra esta singular idea ha sido uno de mis empeños más fuertes en los últimos años. Pero hay una idea que me ha capturado con fuerza de todo lo que he dicho y que también puede llamarse: el Primer Poder Político que puede tener un pueblo demócrata; o sea el Poder del voto.
“Tengo la secreta esperanza de que algún día se reformará nuestra Constitución para poder incluir ese cuarto poder del voto por el que tanto he luchado”.
La reforma deseada por don Juven se hizo realidad y con la sentencia de la Corte por primera vez en la historia los ciudadanos podremos decidir con nuestro voto en las urnas, el esclarecimiento de las políticas públicas de los últimos años y sus repercusiones en el bienestar social del país. Ya era hora. Y lo celebramos. ¿Ya saben cómo van a votar en la consulta? Yo sí.