Redacción / México.– Una mujer que sostuvo una relación de concubinato con un hombre casado durante 12 años, podrá recibir una pensión alimenticia, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Así, el máximo tribunal declaró válido el derecho de las concubinas a solicitar pensión alimenticia a quien fue su pareja aun cuando ésta se encuentre unida en matrimonio con otra persona.
La sentencia aprobada señala que la SCJN “ya ha reconocido la posibilidad de que en una relación de matrimonio se establezca a su vez una relación extramarital, que bien puede concluir en la configuración de un concubinato, por lo que los derechos reconocidos a partir de una y/o otra figura no debe implicar un trato distinto”.
Por su parte, los ministros Luis González Alcántara Carrancá, Norma Lucía Piña y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena calificaron de inconstitucional lo dispuesto en el artículo 65 del Código Civil de Morelos en la parte que define la relación de concubinato por considerarlo discriminatorio, principalmente para las mujeres dada la permisividad que culturalmente se ha adjudicado a los hombres para estar casado y al mismo tiempo, sostener una relación de concubinato.
El juicio de amparo fue interpuesto hace cinco años en Morelos por parte de una mujer que -tras doce años de vivir en concubinato con un hombre – le demandó el pago de una pensión alimenticia a pesar de que no tuvieron hijos.
Con información de medios.