Los días pasados ha sido noticia la muerte de Giovanni López, un ciudadano mexicano radicado en el estado de Jalisco, su deceso podría ser una estadística más, si no fuera porque lamentablemente se trata de un presunto asesinato a manos de las fuerzas policiales del municipio donde el joven vivía.
Según los medios de comunicación que han señalado los relatos de su familia, lo que llevó al asesinato fue una detención posiblemente irregular, pues señalan que la víctima no hizo nada, se trasladaba en compañía de sus familiares a cenar, sin cubrebocas, y al no portarlo, fue requerido violentamente por los policías locales, al día siguiente, hace ya un mes, les fue entregado un cuerpo magullado por los golpes.
Todo esto sucede en el contexto de la protesta mundial por la muerte de un hombre en EEUU a manos de la policía, por presunta discriminación racial.
En México, pareciera, lastimosamente que pasa algo similar, lo cual es desolador, considerando que, los cuerpos policiacos no gozan de una “buena fama”, se ha visto en varios momentos que cometen abuso de poder, que lejos de ser los protectores de la sociedad, son un verdugo con mando, con el presunto asesinato de Giovanni, se fortalecen las teorías.
Pero lo más lamentable, aparte de la pérdida de una vida, es que, el más alto organismo internacional condene al Estado mexicano por este tipo de acciones, urgiendo a las autoridades a que se realicen las investigaciones que correspondan de manera pronta, efectiva, exhaustiva, independiente, imparcial y transparente.
No es menor que de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se manifieste la gravedad de que suceda una muerte en custodia de los elementos de la policía municipal, como fue el caso de Giovanni, esa circunstancia alerta a los organismos encargados de la protección de los derechos humanos en virtud de que, el hecho de que ocurra una muerte cuando la persona está bajo custodia del Estado, es ilícita, pero además, se presume la responsabilidad del Estado, en tanto no se demuestre lo contrario.
Este principio se encuentra en el Protocolo Modelo para la Investigación Legal de Ejecuciones extralegales, arbitrarias y sumarias, también conocido como Protocolo de Minnesota, cuyo objetivo principal es “proteger el derecho a la vida y promover la justicia, la rendición de cuentas y el derecho a una reparación mediante la promoción de una investigación eficaz de toda muerte potencialmente ilícita o sospecha de desaparición forzada”.
Los derechos humanos que se busca proteger, garantizar o en su caso respetar, es el derecho a la vida, y el de proteger y hacer efectivo el derecho a la vida, en el caso, ante el asesinato, de comprobarse la responsabilidad del Estado, deberá realizarse la reparación del daño a las víctimas, así como las garantías de no repetición.
No será esta la primera ocasión en que, para investigar la posible vulneración de los derechos humanos referidos se haga uso del Protocolo de Minnesota, ya existe otro antecedente vergonzoso: el campo algodonero, respecto a los trágicos asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, así quedó asentado en la investigación sobre muertes potencialmente ilícitas de 2016, donde se aplicó el protocolo mencionado y se hace referencia a la determinación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ese caso.
El Estado Mexicano deberá reaccionar a la manifestación de la oficina del Alto Comisionado, la propia Comisión Nacional de Derechos Humanos, haciendo uso de sus amplias facultades para investigar casos sobre violaciones graves a derechos humanos, debe iniciar las diligencias respectivas hasta determinar la presunta responsabilidad o no, de los grupos policiacos municipales en la lamentable muerte, enmarcada dentro de la emergencia sanitaria del COVID-19, que bajo ninguna circunstancia debe considerarse como colateral a la propia pandemia.