En la semana que concluyó se conmemoró el día internacional contra la homofobia, la transfobia y la biofobia de acuerdo a la ONU. Fue el día de la aceptación y la tolerancia al otro o a la otra que piensa y siente distinto, que ama a quien decide, libre, natural, consciente, ligeramente.
Es motivo por decirlo de alguna forma, de celebración, porque la Organización Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad de su catálogo de enfermedades mentales, un 17 de mayo de 1990, y a partir de ese momento iniciaron las acciones a nivel mundial para evitar que las personas que se encontraran en esta circunstancia de diversidad sexual fueran discriminados.
En el tema la lucha continúa, la aceptación a lo distinto o a lo desconocido no es una virtud de la persona, generalmente sentimos coincidencia con aquello a lo que nos parecemos o nos identifica, por tanto, la preferencia sexual en casos extremos genera no solo la falta de aceptación, sino la agresión y exclusión.
En México, la Constitución Federal agregó la no discriminación por condición de diversidad sexual hasta la reforma del artículo 1º en el año de 2011, con lo cual se estableció como el derecho humano de las personas a ser respetadas y no discriminadas por su preferencia sexual.
Por ello en 2013 la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la primera edición del Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, bajo la premisa de que con dicho documento se está haciendo realidad el derecho a la igualdad.
El contenido de dicho protocolo establece conceptos y determina los estereotipos con los que se encasillan a las personas generalmente por su aspecto, acciones, conductas y un largo etcétera que es precisamente lo que nos hace auténticos y diferentes, sin embargo esa diversidad no debe ser condicionante para un trato discriminatorio y excluyente.
También refiere las categorías sospechosas que quienes imparten derecho deben analizar para determinar si las personas son sujetas de acciones u omisiones por parte de particulares, autoridades e instituciones que vulneren el ejercicio de determinados derechos, por ejemplo, a la educación, al trabajo, de salud, a una vida digna, ingreso a programas sociales, atención para realizar cualquier trámite, votar o ser votado y que ello sea en razón de su apariencia o preferencia sexual.
En el mismo documento, también se asientan los mecanismos para la reparación del daño ocasionado por las acciones u omisiones en el ejercicio de un derecho.
Por tanto, en el marco del Día Internacional contra la Homofobia, las Transfobia y Bifobia, entre otras formas de ver la diversidad sexual, así como la identidad y expresiones de género, resulta de vital atención saber y conocer que las autoridades del Estado Mexicano que se encuentra obligado a proteger los derechos humanos de las personas en estas circunstancias, a través del Poder Judicial, están obligados a actuar y a juzgar con una perspectiva que permita salvaguardar esos derechos y en caso de ser vulnerados a que exista la reparación del daño para las personas que resultan víctimas.
Las personas de acuerdo a nuestra constitución federal, merecemos el reconocimiento de los derechos humanos, así mismo, existen instituciones gubernamentales encargadas de velar porque ello suceda. Conmemorar la diversidad sexual en todas sus expresiones y hacer del conocimiento de los demás que existen medios para la defensa eficaz y eficiente de esos derechos permite la verdadera existencia de un Estado de Derecho, para todos, todas y todes.