«INTERÉS SUPERIOR»: Constitución para la infancia y adolescencia - Mujer es Más -

«INTERÉS SUPERIOR»: Constitución para la infancia y adolescencia

El derecho al voto a los 16 años es debate en la Constituyente. 

Hace quince días concluía en Quito la primera reunión mundial del siglo XXI sobre urbanización y su impacto en la vida de millones de personas. La declaración conjunta de Hábitat III, que marca la hoja de ruta global de las ciudades, se denomina Tiempo de cambio hacia una Nueva Agenda Urbana basada en derechos humanos. Y cuando analizamos el proyecto de Constitución para esta ciudad y en particular la Carta de Derechos que ahora nos ocupa, no podemos dejar no sólo de reconocer, sino de valorar que su enfoque está totalmente alineado a los acuerdos y concesos de una agenda que es contundente en visualizar que la dignidad, la seguridad y la inclusión en las ciudades, sólo es posible a través de una perspectiva de derechos humanos.

 

En lo general, los contenidos en la Carta están articulados en la lógica de proporcionar un marco normativo y un camino de realización del denominado de manera integral ‘derecho a la ciudad’.

 

Si realizamos un análisis desde el marco de la garantía de los derechos de las personas menores de 18 años de edad; es decir, su reconocimiento como sujetos de derechos, y sus condiciones de desarrollo cognitivo, físico y psicosocial, la obligación del Estado y su entorno adulto de protegerlos. Con su incorporación en el artículo 16, se reconocen estas condiciones que los colocan en un estado de vulnerabilidad y de dependencia para el logro de su bienestar físico y social. Los contenidos dejan claro su reconocimiento como sujeto de derechos y reconocen e incorporan principios que se suman a los establecidos en el artículo 9, dadas las características de la infancia, entre los que destacan el interés superior, el principio de prioridad, el de participación y el de autonomía progresiva. Relacionado a éste último con un reconocimiento necesario entre tres etapas que requieren de atención diferenciada y por primera vez, la primera infancia es reconocida como tal en un marco legal mexicano. 

 

Como toda iniciativa, el proyecto es perfectible y desde ahí, diversos colectivos que trabajan por la niñez y adolescencia han realizado propuestas, entre ellos se encuentra la Alianza por los Derechos de Niñas, Niños y Adolescencia (Alianza Mx), que participó en las audiencias públicas y presentó una propuesta ciudadana que involucra la modificación de  siete artículos del proyecto de Constitución de la Ciudad de México.

 

Uno de los temas más controversiales de esta agenda es el establecimiento en el proyecto del derecho al voto a partir de los 16 años. El debate será amplio y seguramente incorporará la posibilidad de una controversia constitucional y de los impactos en materia electoral, derivados inicialmente del aumento de padrón. Esperemos también que incorpore la valoración social de una decisión de esta naturaleza.

 

Desde nuestro punto de vista debemos asegurar que no sólo a los adolescentes, sino a los niñas y niños desde que nacen, la categoría de ciudadanía social y no limitarla a la jurídica de la misma, que está ligada a los derechos político electorales. F.X Guerra, afirmaba que del ciudadano podríamos decir lo que Tertuliano decía del cristiano: no nace, se hace. Ser y sentirse ciudadano no es algo “natural”, sino el resultado de un proceso cultural: en la historia personal de cada uno y en la colectiva de la sociedad. Desde ahí, no podemos limitar la participación a la esfera limitativa de la democracia representativa, sino a la construcción de ciudadanía, como un proceso formativo de competencias y habilidades sociales.

 

Consideramos que el voto a los 16 no nada más no es suficiente, sino que envía nuevamente el mensaje equivocado de que la democracia sólo se refiere a derecho al voto. Es por lo tanto necesario discutir la ciudadanía en niñas, niños y adolescentes y su categoría de ciudadanos sociales, en los mecanismos de participación democrática no electorales.

 

Estamos por cumplir un siglo de una Constitución, considerada en el momento de su redacción como la más progresista del mundo occidental y la primera en incorporar los derechos sociales. Estamos a 100 años de generar en esta ciudad una Constitución, que nos coloque en esa dimensión en la agenda urbana del mundo. Si los constituyentes del 17 se hubieran cuestionado con qué presupuesto avanzaría este país, en ese momento con el 75% de personas analfabetas hacía garante el derecho a la educación, y con esa lógica hubieran decidido no incorpóralo, nuestra Carta Magna no sería lo que entre otras cosas es actualmente: nuestra ruta de aspiraciones. Nunca son muchos los derechos, simplemente son los adecuados porque son los necesarios.

 

Esperemos que el constituyente de la Ciudad de México, esté consiente de este valor, que derivará en una Constitución cuyo principio y eje fundamental sea la garantía de una vida digna para todas y todos los que habitamos en esta Ciudad, en especial para sus niñas, niños y adolescentes. 

 

Nashieli Ramírez. Directora de Ririki Intervención Social. Experta en infancia, adolescencia y sus derechos. 

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