martes 06 mayo, 2025
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INE abre micrositio para reportar a candidatos que inclumplan el “8 de 8 contra la violencia”

El Instituto Nacional Electoral (INE) puso a disposición de la ciudadanía y de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), un micrositio para aportar información de candidatos y candidatas al Poder Judicial de la Federación que podrían incumplir con el requisito constitucional conocido como “8 de 8 contra la violencia”.

Mediante el portal del PEEPJF 2024-2025, se podrán acceder al micrositio “Información Ciudadana 8 de 8” que dispuso el INE, para poder dar información de personas candidatas a juzgadoras que se considere hayan incurrido en alguno de los siguientes supuestos:

Al ser un requisito de elegibilidad exigible para todas las personas ciudadanas que aspiren a ejercer un cargo público, también se considera tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar; violencia familiar equiparada o doméstica; violación a la intimidad sexual; por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), en cualquiera de sus modalidades y tipos y, por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Además, por estar prófuga o prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión, hasta que prescriba la acción penal y por sentencia ejecutoria por pérdida de derechos políticos y electorales.

En el micrositio se podrán conocer y llenar el formulario, adjuntando la información que considere necesaria para allegar a la autoridad electoral elementos para el análisis del caso de aquellas personas candidatas a juzgadoras que podrían encontrase en alguno de los 10 supuestos.

En el formulario se solicitan como datos obligatorios, el nombre completo de la persona candidata a juzgadora, el cargo, el delito por el que presuntamente se le sentenció, el lugar de los hechos, la entidad y, en su caso, un medio de contacto telefónico y/o correo electrónico.

Además, y sólo en caso de contarse con dicha información, la persona que presenta información podrá señalar el número de expediente, la sentencia u otros elementos con los que cuente, mismos que podrá adjuntar al formulario.

Será un grupo interdisciplinario coordinado por la Secretaría Ejecutiva del INE e integrado por la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación y las direcciones ejecutivas de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Asuntos Jurídicos y del Registro Federal de Electores; las Unidades Técnicas de lo Contencioso Electoral y de Servicios de Informática, así como la Coordinación Nacional de Comunicación Social, con el apoyo de los consejos locales y distritales, realizarán la verificación del requisito de elegibilidad de las candidaturas a personas juzgadoras.

Cabe señalar que la ciudadanía y las OSC podrán presentar la información que consideren conducente hasta la etapa de asignación de cargos, que concluye con la entrega por el Instituto de las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y la emisión de la declaración de validez respectiva.

En los casos en los que la persona candidata a juzgadora se encuentre en alguno de los 10 supuestos, la Secretaría Ejecutiva, con el auxilio de los consejos locales y distritales, le enviará una notificación vía correo electrónico o en su domicilio, para que en un plazo de tres días naturales manifieste lo que a su derecho convenga y exhiba la documentación que considere oportuna para desvirtuar los hallazgos obtenidos.

Con base en la información remitida por la ciudadanía y las OSC, la Secretaría Ejecutiva hará un primer corte de posibles hallazgos al 12 de mayo de 2025, mismos que se informarán al Consejo General del INE.

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