jueves 21 noviembre, 2024
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Verificará INE que ninguna candidatura incurra en la 8 de 8 contra la violencia

El Instituto Nacional Electoral (INE) implementará el procedimiento 8 de 8 contra la violenciaun instrumento normativo para determinar la pérdida de registro de aquellas candidaturas que hayan incurrido en cualquiera de los supuestos relacionados con la violencia en diversas modalidades para el Proceso Electoral 2023-2024.

En conferencia de prensa, la Consejera y presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, Rita Bell López Vences, explicó que este mecanismo hace referencia a la suspensión de derechos ciudadanos y a la cancelación del registro de candidaturas federales, por tener sentencia firme, por la comisión de alguno de los ocho supuestos de violencia de género:

  1. Comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal;
  2. Contra la libertad y seguridad sexuales;
  3. Cuando afecte el normal desarrollo psicosexual;
  4. Violencia familiar;
  5. Violencia doméstica;
  6. Violación a la intimidad sexual;
  7. Violencia política, y
  8. Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Detalló que para implementar esta medida y dotarla de eficacia, en primer lugar, todas las candidaturas debieron llenar un formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad, en el que afirman no encontrarse en algunos de los supuestos mencionados.

Asimismo, López Vences expuso que para recabar información sobre candidaturas que incumplan cualquiera de los requisitos de la 8 de 8 se establecerán dos vías:

La primera será desde un módulo virtual que estará en la página del INE donde la ciudadanía podrá compartir información o acudir de forma física a los consejos locales y distritales a partir del 2 de marzo y hasta el 2 de abril.

La segunda será mediante la colaboración e información proporcionada por diversas instituciones durante dicho periodo.

Por ello, consejeras y consejeros invitaron a la ciudadanía a conocer la lista de candidaturas y, en su caso, remitir información sobre personas candidatas que se encuentren en alguno de los ocho supuestos mencionados.

Las consejeras Norma De la Cruz Magaña, Dania Ravel Cuevas y Claudia Zavala Pérez, así como el Consejero Arturo Castillo Loza, coincidieron en la importancia de los medios de comunicación para difundir esta medida, ya que la construcción de un país democrático y libre de violencia es responsabilidad de todas y todos.

La Consejera Dania Ravel, enfatizó que este procedimiento únicamente considera las sentencias firmes, debido a que podría tener como consecuencia restringir los derechos políticos de las personas, “ya que prevalece en nuestro sistema jurídico la presunción de inocencia”.

Por su parte, la Consejera Norma De la Cruz resaltó que esta acción afirmativa no sólo permitirá la participación activa de la ciudadanía, también el involucramiento y la responsabilidad conjunta por parte de las instituciones, así como la postulación de candidaturas de manera responsable de los partidos políticos.

Finalmente, la Consejera Claudia Zavala destacó que este ejercicio que realizará el INE en 2024 representa un avance respecto a 2021, cuando sólo se revisó una muestra de candidaturas, “hoy sí tenemos que revisar todo porque son requisitos y son constitucionales, habíamos avanzado en el Proceso Electoral anterior en un tema muestral”.

Se verificará que candidaturas no incurran en alguno de los ocho supuestos

Cabe mencionar que una vez cerrada la fase de obtención de información, se llevará a cabo el análisis y verificación de las candidaturas a través de distintas unidades responsables.

En los casos en que se advierta el posible incumplimiento de requisitos de una candidatura y se cuente con evidencia, la Secretaría Ejecutiva dará vista entre el 2 y 8 de mayo a las personas candidatas y al partido político involucrado para que, en un plazo de tres días naturales, manifiesten lo que a su derecho convenga.

En el supuesto de que se determine la pérdida de registro de una candidatura, se da un plazo de 72 horas para que se haga una sustitución, la cual, debe seguir la normatividad.

En el caso de que se determine que una persona candidata incurrió en uno de los mencionados supuestos y resulte electa a un cargo de elección popular, no se le entregará la constancia de mayoría.

El objetivo final de este mecanismo consiste en verificar que las candidaturas registradas no tengan suspendidos sus derechos por actos relacionados con violencia en diversas modalidades.

Por consiguiente, esta medida adicional busca promover y fomentar la cultura de la no violencia, así como garantizar el ejercicio pleno de los derechos políticos y electorales de las mujeres y de la ciudadanía en general.

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