jueves 16 mayo, 2024
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Senado aprueba la “Ley 3 de 3 contra la violencia”

Con 63 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el Senado de la República aprobó la reforma constitucional, “3 de 3 contra la violencia”, con la cual ningún agresor podrá ser candidato a puestos de elección popular.

De esta manera, sin legisladores de oposición, Morena y sus partidos aliados sesionan desde la Antigua Casona de Xicoténcatl el paquete de iniciativas enviadas por la Cámara de Diputados.

El dictamen reforma y adiciona los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, sobre suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.  

Los senadores dieron su respaldo al proyecto que envió la colegisladora para suspender los derechos o prerrogativas de los ciudadanos por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.

Por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Además, plantea que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere: ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de 10 años, con título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito doloso.

“Con la reforma propuesta se busca incidir favorablemente en la ética pública y política, en beneficio de la sociedad en su conjunto”, se destaca en el dictamen.

Las y los senadores coincidieron en que en una verdadera democracia, no basta con ser un funcionario eficiente, si se es acosador sexual; no basta ser un servidor público destacado, sí se es agresor por razones de género; no basta ser un legislador, un juez, un alcalde o un magistrado honrado y sin vínculos de corrupción, sí se es deudor de pensión alimenticia.

“Por eso, es necesario legislar para que se garantice la idoneidad de las personas que aspiran a acceder a cargos públicos”, enfatizaron las y los legisladores.

Una vez que fue aprobada por el Pleno del Senado, la reforma constitucional se remitió a las legislaturas estatales.

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