lunes 06 mayo, 2024
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Aprueban diputados Ley Minera; la remiten al Senado

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, con cambios, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Minera, en materia de exploración, explotación y aprovechamiento del litio, remitida por el titular del Ejecutivo Federal, ayer domingo 17.

Con 275 votos a favor, 24 en contra y 187 abstenciones, se avaló, en lo particular, el documento y se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

El presidente de la Mesa Directiva, diputado Sergio Gutiérrez Luna informó que los grupos parlamentarios de Morena y PT solicitaron que las reservas que habían presentado se inscribieran en el Diario de los Debates.

Salvo, dijo, la formulada por el diputado Mario Rafael Llergo Latournerie de Morena, a nombre propio y a nombre del diputado Gerardo Fernández Noroña del PT y del diputado Moisés Ignacio Mier Velazco, sobre los artículos 1, 5, 10 y la adición de un artículo 5 Bis al proyecto de decreto.

El documento declara de utilidad pública la exploración, explotación y aprovechamiento del litio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones en la materia. Serán consideradas zonas de reserva minera aquellas en que haya yacimientos de litio.

Reconoce que el litio es patrimonio de la nación y su exploración, explotación y aprovechamiento se reserva para beneficio exclusivo del pueblo de México. Las cadenas de valor económico del litio se administrarán y controlarán por la nación, a través del organismo público señalado en el artículo 10 de la Ley.

Menciona que el Servicio Geológico Mexicano auxiliará al organismo descentralizado encargado de la explotación del litio en la ubicación y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables del litio, y en la explotación del litio y de sus cadenas de valor será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios.

La exploración, explotación y aprovechamiento del litio quedan exclusivamente a cargo del Estado, y se llevarán a cabo por el organismo público descentralizado que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables. El cumplimiento de la legislación y tratados internacionales en materia de protección al medio ambiente y derechos de los pueblos originarios será escrupuloso por parte de dicho organismo público.

 

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