martes 14 mayo, 2024
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La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, por unanimidad de 470 votos, el dictamen que reforma el artículo 225 del Código Penal Federal, para tipificar y sancionar la difusión de información o material audiovisual de delitos relacionados con violencia de género, así como evitar la revictimización por parte de las autoridades o impartidores de justicia.

El documento, enviado al Senado de la República, establece en la fracción XXIX que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos:

“Cuando por sí o por interpósita persona, a través de cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publique, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con un procedimiento penal, las condiciones personales de una víctima o las circunstancias de hecho o hechos que la ley señale como delitos”.

A quien cometa los delitos en esa fracción se le impondrá pena de prisión de cuatro a diez años y de cien a ciento cincuenta días multa. Las sanciones aumentarán en una tercera parte, en su mínimo y en su máximo, si la información que se difunda se refiere a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.

La Comisión de Justicia estima necesario realizar reformas que garanticen la integridad, intimidad y dignidad de las víctimas de delitos relacionados con motivos de género, en la inteligencia que la ausencia de sanción también forma parte del problema estructural de la violencia de género.

En la fundamentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, diputado Felipe Fernando Macías Olvera de PAN, expresó que la reforma tiene por objetivo que aquellos servidores públicos encargados de la administración de la justicia, peritos, policías e investigadores, tengan prohibido la difusión, comercialización de imágenes, videos, material, cualquier información relacionada con un hecho delictivo, con las condiciones de la víctima o cualquier ámbito relacionado al proceso penal.

El dictamen configura demandas de miles de mujeres

La diputada Ana María Balderas Trejo del PAN, promovente de una iniciativa sobre el tema, señaló: “No olvidemos que esas imágenes quedan de por vida en las redes sociales; no debemos permitir que existan otras historias como la de Ingrid en videos tan trágicos”, enfatizó.

La también promovente, diputada Laura Imelda Pérez Segura de Morena señaló que en el dictamen se configuran las demandas de miles de mujeres que a lo largo de años han enfrentado la revictimización y la violencia institucional de un Estado que ha tenido por obligación garantizar su seguridad. “La incidencia de los delitos se agravó por la incapacidad de una tendencia institucional hacia la impunidad sistemática en el procesamiento judicial”.

Rememoró el caso de Ingrid, víctima de feminicidio, a quien no se le dio la protección jurídica adecuada ante la revictimización que sufrió cuando servidoras y servidores públicos filtraron a medios las fotografías de la escena del crimen. Se exponía de forma explícita el cuerpo de la víctima, dañando el debido proceso y en agravio de la dignidad, intimidad e identidad. Es necesario castigar la revictimización, estereotipar, discriminar y estigmatizar a mujeres, niñas y adolescentes, así como a las personas con discapacidad. “Hoy la Ley Ingrid será una realidad”.

En febrero de 2020, Ingrid Escamilla, de 25 años, fue asesinada, desollada y destazada por su esposo Erik Francisco Robledo Rosas, de 46 años, tras tener una discusión.

 

Con información de la Cámara de Diputados.

 

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