martes 14 octubre, 2025
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Esto se aprobó en comisiones en materia de Ley de Amparo

Las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público aprobaron con 56 votos a favor, once en contra y una abstención, el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Las comisiones adelantaron que se presentarán propuestas de modificación en el Pleno, vertidas en las audiencias públicas para mejorar la ley.

De igual manera, se señaló que se podría modificar la minuta, toda vez que ya hay una propuesta de reforma al artículo tercero transitorio en materia de retroactividad.

Cabe recordar que tras el análisis y discusión en el Senado la minuta fue enviada a la Cámara de Diputados, donde la Mesa Directiva la turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público para su dictaminación.

Esto dice la reforma

La minuta establece en el artículo tercero transitorio que los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final “conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio”, y no “conforme a las disposiciones que establece este Decreto”, como lo señalaba la minuta remitida por el Senado de la República.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia, Julio César Moreno Rivera recordó que la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, remitió al Senado el 15 de septiembre 2025 la iniciativa, cuyo objetivo es modernizar el juicio de amparo, garantizar que siga siendo un medio eficaz de protección de los derechos humanos y evitar abusos procesales que paralicen políticas públicas o leyes aprobadas por el Congreso.

Explicó que entre sus puntos principales destacan: limitar los efectos generales de las suspensiones, fortalecer el acceso a la justicia mediante medios digitales, agilizar la resolución de los juicios y revisar los criterios de interés jurídico y legítimo.

  • Promueve el uso de tecnologías de la información para garantizar un juicio de amparo en línea.
  • Garantiza además el interés legítimo, tanto en lo individual como en lo colectivo.
  • En materia de cumplimiento de las ejecutorias de amparo, se mantiene la posibilidad de sancionar a los servidores públicos que incumplan las resoluciones de los órganos jurisdiccionales.

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