jueves 21 noviembre, 2024
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Publican en el DOF el decreto de “vacaciones dignas”. Así se aplicarán

Luego de un largo debate y aprobación en el Legislativo, la tarde de ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que los trabajadores tendrán derecho a 12 días de vacaciones continuos, al cumplir un año laborado.

¿Cómo será su aplicación?

Serán 12 días de “vacaciones dignas”, según la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo. A los seis que se establecían antes, se suman otros seis días de descanso, a partir del primer año de antigüedad laboral.

Por cada año laboral más, el trabajador tendrá dos días más descanso. Para quien tienen dos años trabajando, serán 14 días de vacaciones. Si son tres laborando, serán 16 de descanso. Esto aplica sólo hasta el quinto año laboral.

A partir del sexto año, éste incremento será cada cinco años. De ésta manera: de seis a 10 años de antigüedad, serán 22 días de descanso y de 11 a 15, 24 días. Y  así sucesivamente.

Esta modificación a la Ley Federal del Trabajo no será retroactiva. Es decir, se aplicará solo a partir de que entre en vigor en adelante, es decir, el 1 de enero de 2023.

Así que no habrá días extras por años pasados laborados. No son acumulativos. Si uno lleva dos años empleado, no podrá cobrar 20 días de vacaciones, solo 14 días por dos años de antigüedad laboral. No se incluye seis días extras  por el primer año laboral.

El aumento de seis a por lo menos 12 días de vacaciones pagadas por el PRIMER AÑO DE TRABAJO, los podrá disfrutar el trabajador “en la forma y tiempo que así lo quiera”.

Las modificaciones a la Ley  serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo, vigentes a la entrada en vigor del decreto.

Desde la promulgación de la Ley Federal del Trabajo, hace 52 años, no se había reformado el artículo 76, que establece sólo seis días de vacaciones.

Esta ley busca que las y los trabajadores no solo disfruten sus días de vacaciones de manera continua, sino que se desconecten totalmente durante los mismos, a fin de mejorar su salud mental, ya que México es uno de los países con mayor ansiedad y estrés laboral (75 por ciento de los mexicanos las padece) superando a China y Estados Unidos.

Así quedó la modificación

“Se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.”

Con información UNAM Global.

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