viernes 03 julio, 2026
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Tribunal Electoral pide a FGR entregar al INE copias del caso Pío López Obrador y Odebrecht

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los incidentes de incumplimiento de sentencia presentados por Instituto Nacional Electoral (INE) son fundados, debido a que se demostró que la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) de la Fiscalía General de la República (FGR) no ha entregado la información solicitada por el INE.

Por lo anterior, la FGR  deberá cumplir y entregar al INE copias sobre los casos de Pío López Obrador y Odebrecht.

El pasado 22 de diciembre, la Sala Superior del TEPJF ordenó a la FEDE entregar al INE la documentación relacionada con diversas carpetas de investigación a su cargo, ya que dicha información es necesaria para que el INE lleve a cabo procesos de fiscalización de los gastos de los partidos políticos, señaló el Tribunal en un comunicado.

Agregó que el INE presentó ante la Sala Superior un escrito en el que manifestó que han pasado más de 30 días sin que la FEDE cumpliera con la sentencia emitida por la Sala Superior del TEPJF; por tanto, y asumiendo que el secreto ministerial no se opone a la facultad de fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos, el INE solicitó al TEPJF que se pronunciara al respecto de la situación.

A propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis y del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, el pleno de la Sala Superior determinó que la sentencia ha sido incumplida por parte de la FEDE, pues no se han entregado las copias de las carpetas de investigación solicitadas al INE.

Dada la situación y con el fin de velar por el debido cumplimiento de lo dictado en las sentencias por el máximo Tribunal Electoral del país, la Sala Superior del TEPJF resolvieron ordenar a la FEDE cumplir con la sentencia principal a la brevedad. Al respecto, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y el magistrado José Luis Vargas Valdez se pronunciaron en contra del criterio (SUP-JE-262/2021 y SUP-JE-263/2021, incidentes de incumplimiento).

 

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