jueves 21 noviembre, 2024
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SALA DE ESPERA COLUMNAS COLUMNA INVITADA

«SALA DE ESPERA» Chicanada

Por. Gerardo Galarza

La pretensión del Senado de reformar la Constitución mediante un artículo transitorio en el decreto de aprobación de las leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación (PJF) y la de Carrera Judicial del propio PJF, muestra el desprecio del gobierno por las leyes y las instituciones, en todo aquello que limite el poder que ha acumulado el presidente de la república.

No hay sorpresa. Es parte de cumplimiento de una de las promesas del candidato Andrés Manuel López Obrador de mandar las instituciones al diablo: las que le restan poder (organismos autónomos, por ejemplo) y en venganza contra las que se siente agraviado.

No se requiere ser jurisconsulto (con haber aprobado un curso de comprensión de lectura en la primaria y uno de introducción al derecho o algo similar en el bachillerato, es más que suficiente) para entender que la Constitución mexicana no puede ser reformada mediante un artículo transitorio de una ley secundaria, y que ese procedimiento implica iniciativa de reforma, discusión, aprobación por mayoría calificada en las dos cámaras del Congreso de la Unión y en por lo menos la mitad más uno de los congreso locales. Si usted no cursó ninguna de las materias de arriba, pues lea el artículo 135 constitucional, correspondiente a las reformas a la propia Constitución.

El artículo transitorio de marras pretende modificar (falta la aprobación de la Cámara de Diputados) los artículos 97 y 100 constitucionales en lo relativo a la duración de los encargos del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de los miembros del Consejo de la Judicatura Federal por dos años más al cumplir sus actuales periodos constitucionales.

El hecho puede tener diversas interpretaciones: una grosera agresión, en el mejor (es un decir) de los casos, del Poder Legislativo al Judicial; sentar un precedente para modificar la Constitución de manera “expedita” para ampliar el periodo del gobierno del presidente de la república (la reelección, también prohibida, sería otro cantar); proteger, a través del presidente de la SCJN, las reformas y proyectos de la llamada Cuarta Transformación contra los que se han interpuesto amparos y otros recursos legales que debe resolver la Corte (nuevo aeropuerto de Santa Lucia, Tren Maya, Guardia Nacional, salarios de funcionarios públicos, sistema eléctrico nacional y producción de energías alternativas, seguramente el nuevo padrón de usuarios de telefonía celular, entre muchas otros) y cuya programación depende de su presidente.

Los ministros de la SCJN y los miembros del Consejo de la Judicatura saben absolutamente que ese artículo viola la Constitución, que es una insensatez jurídica (y política, también). Y se han quedado callados, pese a que sus subordinados (los jueces) ya han advertido el despropósito. Los otros diez ministros de la Corte saben ya, por voz del presidente de la república, que ninguno de ellos es capaz y confiable para aplicar la nueva ley.

Se apuesta a que la Cámara de Diputados no aprobará tal artículo y algún diputado del partido oficial ha dicho que no pasará. Lo cierto es que el Congreso de la Unión no le mueve “ni una coma” a las iniciativas presidenciales por órdenes del presidente. Así que, si lo ordena, se aprobará.

En resumen, dirían los abogados, una auténtica “chicanada” con pretensiones y consecuencias muy graves.

 

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