jueves 21 noviembre, 2024
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«COLUMNA INVITADA» Sensibilizar, insuficiente

 

Cuando las mujeres en el ejercicio de algún cargo viven violencia precisamente por ejercerlo, no es suficiente que quienes las violentan, hombres y mujeres, por orden judicial o recomendaciones, se sometan a sensibilizaciones en temas de género con el objetivo de evitar el menoscabo o anulación de derechos de quien fue violentada.

Resulta insuficiente someter a quienes violentan a las mujeres que en ejercicio de sus derechos asumen un encargo público, a cursos y talleres, no porque estos no sirvan, sino por el hecho de que, respetar el derecho del otro, y en el caso específico de otra, no se encuentra dentro de su construcción mental.

Históricamente, hombres y mujeres, sobre todo en México, la educación desde casa en temas de género ha sido con una gran carga machista, se ha tenido el concepto de que la mujer debe servir, atender, cuidar y proteger su hogar, por tanto, cuesta trabajo considerar que sea apta para desempeñar un cargo, más aún cuando ello conlleva mando y poder de decisión.

Sensibilizar en temas de género para intentar que las demás personas vean igualdad, capacidad, inteligencia, aptitudes, conocimientos y en muchos casos sobrada experiencia en una mujer, debe ser un acto de entendimiento, con conocimiento de causa, no nada más por cumplir con un ordenamiento judicial o una recomendación de algún organismo, debe llevar aparejada la voluntad, pues de lo contrario, la capacitación no producirá los efectos deseados.

Quizá este sea el momento idóneo para que, de proceder en el Senado de la República la reforma en materia de violencia política de género contra las mujeres, tipificándola y teniendo sanciones materiales y específicas, la conciencia cambie, a fuerza de obedecer un mandato legal, no es lo deseado pero es lo único que hay.

De lo contrario, se condena a que nada suceda, o todo quede en buenas intenciones. Porque tampoco debe ser fácil para la mujer sometida a violencia, que después de una resolución que le da la razón, la restitución de sus derechos se de en forma tersa, generalmente son señaladas por problemáticas y sufren entonces, otras formas de maltrato, que si bien ya no vulneran su acceso al cargo conferido por voluntad popular o por designación, si menoscaban en el interior a la persona, pues por lo regular son excluidas y marginadas.

De alguna forma con penas más contundentes que una simple llamada de atención, las personas modifiquen su comportamiento y no existan actos de violencia sancionables.

El ejemplo claro de que es insuficiente una capacitación en materia de género es el Ayuntamiento de Francisco Z. Mena, en el estado de Puebla, en el que una regidora, por más de seis meses ha sido objeto de malos tratos por el presidente municipal y otras personas integrantes del cabildo, en la reciente resolución del Tribunal Local Electoral, se ordena que se le restituya en su cargo a la regidora, una disculpa pública y la capacitación.

Por tanto, las autoridades municipales deberán acatar dicha sentencia, de no ser recurrida, sin embargo, ese mandato judicial no es un acto de voluntad, de hecho es en contra de quienes decidieron en un primer momento ejercer violencia para que una mujer no desarrollara las actividades que su cargo le confiere.

Ese mandamiento de una autoridad jurisdiccional, en el interior de la vida orgánica del ayuntamiento puede tener severas cargas, inclusive hasta emocionales en la victima de violencia, ello porque no es suficiente someter a una sensibilización a quienes ni siquiera han comprendido que lo necesitan, que es su obligación tratar como igual a su igual.

De ahí que, tratar de sensibilizar a otros de algo que debiera ser natural, puede tener consecuencias sobre aquella que ya ha sido vulnerada. Pareciera que nada se puede hacer, o que nada es suficiente, sin embargo, ahí es donde reside la solución: imponer castigos más severos que obliguen a quien no tiene la conciencia por lo menos en el tema de género a respetar por mandato legal a las mujeres que ejercen sus derechos políticos.

Lo anterior no es excluyente de una sensibilización o capacitación en materia de género, pero bajo ninguna circunstancia, ello debe ser la sanción, ya que, como sucede con las sanciones económicas, hay quienes prefieren pagarlas pero no modificar su comportamiento, así podría acontecer con las sentencias que obligan a capacitarse, al no ser un acto de voluntad, se realiza sin una verdadera intención de cambio de ideas.

El día que verdaderamente se entienda aquella premisa de Simone de Beauvoir: “el problema de la mujer, siempre ha sido un problema de hombres”, serán ellos quienes decidan sensibilizarse, sin una recomendación o sentencia.

 

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