viernes 04 abril, 2025
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Carlos Ahumada no ha sido exonerado: FGR

 

México.- La Fiscalía General de la República (FGR) informó que el empresario argentino Carlos Ahumada no ha sido exonerado del delito del que se le acusa por probable defraudación fiscal.

Indicó que no ha sido cubierto el monto del Impuesto sobre la Renta omitido, ni sus accesorios (recargos y multas).

La dependencia resaltó que el procedimiento de extradición, que se inició desde agosto de 2018 durante la administración pasada, continuará su curso normal.

La FGR señaló que hará uso del plazo de 60 días para entregar de manera formal la solicitud correspondiente, en los términos del tratado de extradición entre Argentina y México, en vigor desde 2013.

Detalló que la Procuraduría Fiscal de la Federación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público(SHCP), desde el gobierno anterior, en octubre de 2016 formuló querella por defraudación fiscal equiparable, ante el Ministerio Público Federal (MPF) contra Ahumada.

Lo anterior por haber omitido su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), correspondiente al ejercicio fiscal 2012, dejando de pagar más de un millón 400 mil pesos.

En marzo de 2017, la entonces Procuraduría General de la República ejerció acción penal ante el Juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, quien libró la orden de aprehensión en contra del empresario.

Subrayó que en la presente administración, en que se retomaron todos los casos atrasados en materia de defraudación fiscal, se solicitó a Interpol la alerta conocida como Ficha Roja.

El organismo internacional Interpol hizo sus tareas de rastreo y en razón de ello, la División de Investigación Federal de Fugitivos de Buenos Aires, de la República Argentina, en respuesta de la solicitud de Interpol, lo detuvo el pasado 16 de agosto.

“La fiscalía de esa nación lo puso a disposición de un juez competente de ese país, quien después de entrevistarlo y mantenerlo bajo su custodia, lo sujetó a proceso, otorgándole libertad bajo caución juratoria en razón del tipo de delito e imponiéndole los siguientes deberes: el no ausentarse de su domicilio por un período mayor a 24 horas sin dar aviso al tribunal, presentarse dentro de los primeros cinco días de cada mes ante el mismo juzgado y la prohibición de salir de Argentina”, detalló la FGR.

 

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