jueves 21 noviembre, 2024
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«COLUMNA INVITADA» Permanencia de los tribunales electorales locales

 

Durante la semana que concluyó en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se llevaron a cabo los trabajos de los foros para la Reforma del Estado y Electoral que toca las puertas de las autoridades electorales, con propuestas que consideran concluir lo que inició con la reforma de 2014 con la que fue centralizada la función electoral al nacionalizar al instituto que es el encargado de organizarlas.

En aquel año, cabe mencionar, las fuerzas políticas de la Cámara baja eran de otros colores, es más, en aquel entonces no existía el partido MORENA que hoy tiene una gran mayoría que le permite aprobar sus propuestas, pues su registro fue aprobado precisamente en ese año para participar en las elecciones del 7 de junio de 2015.

En los foros de esta semana la propuesta que suena con mayor fuerza es la desaparición de los OPLES, una gran reestructura al INE y fortalecer la centralización de la función electoral, que dicho sea de paso, desde febrero de 2014 se dejó en claro el debilitamiento a los institutos locales, pues funciones como fiscalización, capacitación electoral, el tema de la casilla única y las facultades de atracción, delegación y asunción dan cuenta de manera precisa la nacionalización de las tareas administrativas electorales.

Por lo que ve a los tribunales electorales locales, lo más relevante fue la forma de designar a las personas para desempeñar el cargo de magistrados o magistradas, pues en lugar de que lo hicieran los congresos estatales o la asamblea legislativa para el caso del otrora Distrito Federal; la tarea le fue asignada al Senado de la República.

Otro de los cambios en el aspecto jurisdiccional fue que debían resolver lo conducente con los Procedimientos Especiales Sancionadores sustanciados por los OPLES en cada entidad federativa.

Ahora bien, cerca del fin de semana, diputados federales de MORENA han expresado la necesidad de eliminar también a los tribunales electorales locales, siguiendo la lógica de la propuesta para los OPLES, sin embargo existen ciertos aspectos que desde mi perspectiva no se están observando:

a) En el caso de los OPLES, los legisladores han sostenido que la propia infraestructura del INE, los que eventualmente podría permitir que en los momentos que deban organizarse elecciones existe ya un mínimo de personal y oficinas para iniciar los procesos electorales, quizá el siguiente paso sería contratar personal eventual, para los distintos momentos y desarrollo de cada etapa electoral.

No es el ideal, pero, suponiendo sin conceder, que la idea realmente sea evitar los gastos excesivos de la autoridad electoral, en cada entidad existe ya una estructura establecida y tener un punto de partida. Insisto, no es lo mejor pero es algo.

b) Para el caso de los Tribunales Electorales Locales, la circunstancia es completamente distinta. La materia electoral es específica, con reglas distintas a otras materias, pero sobre todo, no tiene las mismas instancias que otras áreas del derecho.

Es una de las razones por las que estos tribunales “no encajan” en la estructura del poder judicial de cada entidad. Inclusive, la propia Constitución Federal establece en el artículo 99 la existencia de un Tribunal Electoral que será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación. Además de que precisa la diferencia con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al exceptuar a dicho Tribunal de lo que establece el artículo 105 de la misma constitución.

c) Pero uno de los aspectos más importantes que deja de apreciar la intención de algunos legisladores federales al pretender desaparecer a los tribunales electorales locales es la posible vulneración a derechos humanos.

Debemos partir de que los derechos político-electorales, son derechos humanos y de acuerdo con el artículo 8 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, las personas deben tener un acceso efectivo a la justicia, lo cual incluye a la justicia electoral precisamente para garantizar y defender el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Votar, ser votados y acceder a los cargos de elección popular o por designación, pueden ser vulnerados en cualquier momento, no solo durante los procesos electorales constitucionales.

La vida partidista para quienes militan en algún partido político es día a día y conlleva también la necesidad de que los tribunales electorales locales resuelvan medios de impugnación derivadas del ejercicio de los derechos de las personas empadronadas en ellos, en las que destacan afiliaciones, cambios de dirigencias, sanciones, suspensiones de derechos partidistas, entre otros.

Actos u omisiones de autoridades electorales locales, legislaturas o de los ejecutivos locales también son materia que corresponde resolver a estos tribunales.

Los procesos de participación ciudadana, se desarrollan fuera de los procesos electorales y requieren la calificación de los tribunales especializados en la materia electoral.

d) La organización y estructura del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no permitirían que la justicia sea accesible y asequible para la ciudadanía de comunidades, municipios y entidades, esto es así por la ubicación de las sedes de cada una de las cinco circunscripciones, así como de la Sala Superior.

Aunado a ello, la distribución de las competencias en los medios de impugnación eliminarían una primera instancia, lo que evidentemente implica un menoscabo en el acceso eficaz a la justicia electoral.

Para concluir, debemos recordar que tener un tribunal especializado es un avance en los derechos humanos cuya característica principal es su progresividad, limitar la existencia de los locales, sería una regresión, además de que contraviene una máxima de la justicia de nuestro país en palabras del Generalísimo Morelos “que todo el que se queje con justicia tenga un tribunal que lo escuche, lo ampare y lo proteja contra el fuerte y el arbitrario.”

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