martes 20 mayo, 2025
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Pago a trabajadoras del hogar no será menor a dos salarios mínimos

 

México. Los trabajadores del hogar “en ningún caso” podrán tener un sueldo menor a dos salarios mínimos vigentes y el mismo se fijará por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.

Así quedó establecido en el dictamen de reformas a las Leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social en materia de personas trabajadoras del hogar, que modificó la Cámara de Diputados, y fue ratificado en comisiones del Senado.

Entre los cambios introducidos por los diputados figuran que no será obligatoria la inspección laboral dentro de los hogares, eliminar la disposición de que la persona empleadora registre ante la autoridad laboral el contrato que celebre con las trabajadoras domésticas.

La senadora Martha Lucía Micher subrayó que las nuevas normas legales son “históricas”, pues responden al compromiso de terminar con la marginación en que viven casi 2.4 millones de personas dedicadas a esa actividad.

La legisladora, quien preside la Comisión para la Igualdad de Género señaló que los diputados mantuvieron las disposiciones para reconocer los derechos de las trabajadoras del hogar en la Ley Federal del Trabajo, bien sean de planta, de entrada por salida o las que laboran con diferentes patrones.

Refirió que las disposiciones establecen que el trabajo del hogar se fijará mediante un contrato escrito que estipule sueldo, vacaciones, días de descanso, horario, acceso a seguridad social y aguinaldo.

El dictamen también precisa que en el caso de las trabajadoras que residan en el domicilio del contratante, la jornada laboral no deberá exceder ocho horas y prohíbe la contratación de menores de 15 años.

Además, se agregó un artículo transitorio a la Ley Federal del Trabajo para establecer que una vez que se cumplan 18 meses y se evalué el Programa Piloto del IMSS para otorgar seguridad social a las trabajadoras domésticas, el Instituto deberá proporcionar un informe a los legisladores.

El documento deberá analizar los avances y la problemática presentada para iniciar la elaboración de leyes que perfeccione este derecho.

 

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